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Inspección obligatoria en ascensores

No apreciamos lo importante que es un ascensor en nuestro día a día hasta que vivimos o visitamos un edificio que carece de él. Esta infraestructura resulta indispensable en una comunidad de vecinos. Según la ley para que funcione correctamente y sea segura hace falta realizar cada cierto tiempo, además de una labor de mantenimiento, una inspección obligatoria en los ascensores.

Inspección obligatoria en ascensores

En nuestro país, los elevadores se rigen por una normativa recogida en el Real Decreto 88/2013. En ella vienen reglamentadas, además de la periodicidad y el mantenimiento de la instalación, quien será el propietario o arrendatario del mismo. Esta figura será la encargada de contratar a una empresa para realizar una correcta conservación de la instalación y se asegurará de que se encuentra en perfectas condiciones.

Empresas de inspección ascensores

Además del mantenimiento del ascensor, Esta compañía será la encargada de revisar las condiciones del funcionamiento del elevador, ya sea porque le toque pasar esa revisión, porque el ascensor haya sufrido un accidente con daños a personas, bienes etc. o al ser requiero por la autoridad competente.

De esta forma, la normativa en inspección de ascensores requiere que la revesión deba realizarse según el tipo de ascensor:

  • Ascensores instalados en edificios de uso industrial y lugares de pública concurrencia cada dos años.
  • Ascensores instalados en edificios con más de cuatro plantas o más de veinte viviendas cada cuatro años.
  • Elevadores no incluidos en los casos anteriores: cada seis años.

Tras la revisión por parte de la empresa, el técnico reflejará el resultado en un certificado, pudiendo ser favorable o desfavorable. Si es favorable, significa que el ascensor no tiene defectos o son muy leves. En el caso de que sean leves, estos estarán reflejados en el certificado y deberán subsanarse antes de la siguiente inspección.

Por otra parte, si el certificado es desfavorable, representa que la instalación tiene fallos graves o muy graves. En los defectos graves se da un plazo de seis meses para subsanbarlos. Una vez pasado este tiempo se vuelve a realizar una inspección que se asegurará de que los fallos se han corregido. Por el contrario, los fallos muy graves significan que el elevador supone un riesgo para las personas, por lo que se precinta y queda fuera de servicio hasta que se haya reparado. Al igual que con los fallos graves, una vez arreglado deberá someterse de nuevo a la inspección.

Si quieres evitar sustos el día de la inspección, lo más cómodo es contratar los servicios de una empresa especializada en este ámbito. Ella se encargará de optimizar el funcionamiento y que cumpla los requisitos aparecidos en la normativa.